Transparencia

NORMATIVA

Consilio Asesores Patrimoniales Independientes, EAF, S.L., se rige en las relaciones con sus clientes por lo dispuesto en el Real Decreto 217/2008, en la Orden ECO/734/2004, de 11 de Marzo y en el resto de disposiciones legales, de carácter general o sectorial que resultan de aplicación.

Consilio Asesores Patrimoniales Independientes, EAF, S.L. es una entidad inscrita como Empresa de Asesoramiento Financiero (EAF) con el número 133 en el Registro de Entidades de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Si desea comprobar dicha inscripción visite la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores www.cnmv.es.

PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR QUEJAS Y RECLAMACIONES

Consilio Asesores Patrimoniales Independientes, EAF, S.L. dispone de un Departamento de Atención al Cliente, pudiendo dirigir sus quejas y reclamaciones a la siguiente dirección de correo electrónico sac@consilio.es o bien a la dirección postal calle Zurbano, 29,bajo derecha, Madrid (28010).

El Departamento de Atención al cliente debe resolver sus reclamaciones en un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su presentación en dicho departamento.

Adicionalmente, les informamos de la existencia de un Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros, ante el cual puede dirigir sus quejas o reclamaciones en la siguiente dirección:

Comisionado para la Defensa del Inversor
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Paseo de la Castellana 19 28046 Madrid

Antes de recurrir a este servicio, la Comisión Nacional del Mercado de Valores exige que el cliente justifique haber acudido previamente al Departamento de Atención al Cliente de la entidad.

A continuación ponemos a su disposición un ejemplar del Reglamento del Departamento de Atención al Cliente.

TARIFAS

Seguidamente facilitamos el folleto explicativo y vigente de las tarifas aplicables a nuestros clientes, que se encuentran publicadas en la C.N.M.V.

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES

CONSILIO ASESORES PATRIMONIALES INDEPENDIENTES, SL EAF

ASESORAMIENTO EN MATERIA DE INVERSIÓN

Asesoramiento en materia de inversión

Tarifa

%

Mínimo (€)

Euros por hora

Sobre el valor efectivo de la cartera asesorada (anual)

1,00

Sobre la revalorización de la cartera asesorada (anual)

Por el tiempo dedicado a la prestación del servicio

SERVICIOS PRESTADOS DIVERSOS (Ver nota)

Asesoramiento en materia de inversión

Tarifa

%

Mínimo (€)

Euros por hora

Sobre el valor efectivo de la cartera asesorada (anual)

1,00

Sobre la revalorización de la cartera asesorada (anual)

Por el tiempo dedicado a la prestación del servicio

– Aplicación de las tarifas a asesoramiento en materia de inversión:

  • Sobre el valor efectivo de la cartera asesorada: Estas tarifas son anuales y se aplicarán y liquidarán en los periodos pactados con el cliente. La base de cálculo será el valor efectivo medio de la cartera asesorada durante el periodo de devengo.
  • Sobre la revalorización de la cartera asesorada: La tarifa se aplicarán una vez al año sobre la revalorización de la cartera. Dicha revalorización será el resultado de comparar el valor efectivo de la cartera al 1 de enero – o fecha de inicio si fuera posterior – con el 31 de diciembre de cada año, restando las aportaciones y sumando las detracciones efectuadas en el período.
  • Estas tarifas se podrán aplicar conjuntamente o solo una de ellas, según lo pactado con el cliente en contrato.
  • Para periodos inferiores al año, se devengará la proporción que resulte de la tarifa general correspondiente al número de días naturales transcurridos del periodo de devengo.
  • Por el tiempo dedicado a la prestación del servicio: En el caso de que existan fracciones horarias se aplicará la parte proporcional que corresponda.

– Aplicación de impuestos:

Sobre las tarifas correspondientes a este apartado se cargarán los impuestos correspondientes.

NOTAS GENERALES

SERVICIOS PRESTADOS DIVERSOS

– Aclaraciones:
La tarifa fija se aplicará como alternativa si así se ha acordado expresamente con el cliente.
– Gastos Repercutibles:
Se aplicarán, en su caso, los gastos repercutibles que figuran en el apartado “comisiones y gastos repercutibles” del presente folleto.
– Aplicación de impuestos:
Sobre las tarifas se cargarán los impuestos correspondientes.

NOTAS PARTICULARES

– Asesoramiento sobre estructura de capital y fusiones y adquisiciones.
Las tarifas se aplicarán conforme a las condiciones contractuales pactadas en función del servicio y la dedicación exigida.
– Elaboración de informes de inversión.
Las tarifas se aplicarán conforme a las condiciones contractuales pactadas en función del servicio y la dedicación exigida.

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